IRPF (RENTA) Y PATRIMONIO 2020 – DEL 07/04 AL 30/06
RENTA / IRPF Y PATRIMONIO 2020
Otro año más tenemos la campaña de la RENTA / IRPF.
Les informamos que el plazo de presentación finaliza el 30 de junio, aunque si el resultado sale a ingresar, y desean que se cargue en su cuenta mediante domiciliación bancaria, debe presentarse la declaración antes del 25 de junio.
Cabe destacar que, en caso de haber sido empleado por cuenta ajena y haber estado en ERTE y tener dos pagadores; está obligado a presentar la RENTA si sus rendimientos del trabajo superan los 14.000€ (si la cantidad del segundo pagador, y sucesivos, superan los 1.500€).
Si usted ha sido empleado por cuenta ajena pero no ha estado en ERTE durante el 2020, los rendimientos del trabajo para presentar la declaración de forma obligatoria, deben superar los 22.000€.
Todo ello, al margen de que sin superar estos límites, podamos estar obligados a presentar la declaración si se superan otros límites relacionados con ganancias y pérdidas patrimoniales, rentas inmobiliarias imputadas, etc.
Aunque la siguiente información corresponde para el ejercicio 2021, les anticipamos las novedades que tienen previstas implantar y que han podido escuchar recientemente:
- Nuevos tramos en la escala general: para las rentas superiores a 300.000€, suben del 45% al 47%. En la escala del ahorro, para rentas superiores a 200.000€, cambian a tributar al 26%.
- Nuevas limitaciones en la reducción por aportaciones a sistemas de previsión social:
- Se reduce el límite aplicable, a nivel particular, de 8.000€ a 2.000€.
- Si aumenta el límite de 2.000€ a 10.000€ si las aportaciones son empresariales.
- Se reducen los límites para deducirse las aportaciones a favor del cónyuge de 2.500€ a 1.000€.
Los tramos de IRPF para la liquidación de 2020, se mantienen como en anteriores ejercicios. Las cuotas estatal y autonómica son las que se muestran en el siguiente enlace:
Gracias por su tiempo, saludos cordiales.