Boletín enero 22/01

COLABORACIONES:

El día 28 de diciembre se han aprobado, en el Pleno del Congreso de los Diputados, los Presupuestos Generales del Estado para el ejercicio 2022, que entrarán en vigor a partir del día 1 de enero. A modo de resumen, estás serán algunas de las principales novedades que os puede interesar conocer:

1.     Un tipo del 10% en el impuesto de sociedades para las entidades de nueva creación.

Se reduce del 15% al 10% la tributación mínima exigida en el impuesto de sociedades a las entidades de nueva creación.

2.     La limitación a 1.500 euros las deducciones de las aportaciones a planes de pensiones

Como ya ocurrió en los PGE de 2021, reduciendo de 8.000 a 2.000 euros la deducción por aportaciones a planes de pensiones, a partir de 2022, se reducirán de los 2.000 euros actuales a sólo 1.500 euros el tope máximo desgravable en IRPF por aportación a planes de pensiones.

El objetivo que persigue el Ejecutivo es que los planes individuales sean menos ventajosos fiscalmente para el contribuyente en favor de los nuevos planes de empleo público que se articularán en un futuro a través de un fondo de pensiones públicos. Con estos últimos, los autónomos podrían llegar a deducirse 5.750 euros al año.

3.     Una nueva prórroga del sistema actual de módulos para autónomos hasta 2023

Desde hace años, se ha hablado de cambiar los límites del actual sistema de tributación de módulos para reducirlos de los 250.000 euros anuales actuales de ingresos anuales a 120.000 en el caso de los autónomos que facturan directamente a sus clientes; y de los 125.000 euros anuales a 75.000 euros para quienes lo hacen a otras empresas. De ocurrir, miles de autónomos afectados tendrían que pasar a la tributación por estimación directa, mucho más complicada.

4.     Se recorta el Régimen Especial de las entidades dedicadas al arrendamiento de viviendas

Las bonificaciones que sufren las empresas del Régimen Especial de Entidades dedicadas al arrendamiento de viviendas. Este tiene una bonificación en el Impuesto de Sociedades del 85%, que se reducirá para el 2022, si salen los PGE, al 45%.

5.     Se sube la cuota de autónomos 60 euros al año

Los PGE plantean un incremento de las bases de cotización que harán que aumente la cuota mínima de los autónomos. Con este nuevo incremento se obligará a un trabajador por cuenta propia que se encuentre en la base mínima a pagar un total de 291,10 € al mes y a un societario 374 € mensuales a partir del 1 de enero de 2022.

Se trata de una subida que, por primera vez en años, no ha sido pactada con las organizaciones de autónomos,

6.     El interés legal del dinero va a seguir en el 3%

Otro dato interesante es que el interés legal del dinero se va a situar como el año pasado en el 3%.

7.     El interés de demora en el 3,75%

Muy importante para los autónomos es que se mantenga en el 3,75% el interés de demora. “Este es, por ejemplo, el porcentaje que aplica la Agencia Tributaria cuando no se paga a tiempo”.

Información de la AEAT

Se encuentra disponible el calendario del contribuyente para el ejercicio 2022 en formato “Calendar”.  En breve plazo se publicará también en formato HTML.

Otras informaciones – sentencias

La Justicia da la razón a los contribuyentes en la mitad de las reclamaciones contra Hacienda por el IVA o Impuesto de Sociedades:

Según la memoria anual del Tribunal Económico-Administrativo, el 45,26% de las reclamaciones a Hacienda tuvieron un resultado estimatorio para el contribuyente. Según los técnicos, lo mejor es acudir a este tribunal en caso de discrepancia.

Antes de llegar a un juzgado, los pleitos que tienen los autónomos con Hacienda pasan por el Tribunal Económico-Administrativo (TEA). Este organismo se encarga de resolver las reclamaciones que surgen cuando cualquier contribuyente, en especial trabajadores por cuenta propia, no están de acuerdo con alguna de las actuaciones que hace la Administración Fiscal, ya sea central o autonómica, e inicia un proceso de reclamación. Según las últimas memorias anuales del TEA, referentes al año 2020, el 45,26% de los recursos que llegaron a estos tribunales fueron a favor del contribuyente. Es decir fueron estimatorias.

Gastos de Navidad deducibles:

Cenas de Navidad, tarjetas de felicitación, muestras gratuitas o cestas navideñasComo todos los gastos que efectúa un negocio, estos detalles también tienen su particular tratamiento fiscal y, tanto Hacienda como los tribunales, han interpretado cómo deben considerarse estos gastos y, por tanto, si son o no son deducibles.  

El obsequio por excelencia en estas fechas es la cesta de navidad. Estos lotes con los que muchos autónomos felicitan las fiestas a sus empleados, proveedores o clientes son un gasto deducible. Sin embargo, diferentes expertos advirtieron a este diario que no son un gasto comercial más, y que por la tanto, en IVA, en ningún caso son deducibles.

Cuestión diferente es el IRPF o el Impuesto de Sociedades. «Los gastos que soporta el autónomo por las cestas de navidad que regala a sus empleados tienen la consideración de deducibles siempre que pueda demostrarse que lleva años haciéndolos. Eso sí, no son un gasto cualquiera, deberían tener la consideración de retribución en especie, por lo que se incluirían en la RENTA del autónomo junto a los salarios», explicó Pablo G. Vázquez de GVA asesores, experto tributario especializado en deducciones.

PRINCIPALES OBLIGACIONES DE PERIODICAS DE ENERO

RETENCIONES E INGRESOS A CUENTA

20 Enero IRPF-111/115/117/123/126/230 – Mes de Diciembre. Grandes Empresas.

20 Enero IRPF-111/115/123/136 – Cuarto Trimestre.

PAGOS FRACCIONADOS A CUENTA RENTA

31 Enero IRPF– 130/131 -Cuarto trimestre. Estimación directa y estimación objetiva.

IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO

31 Enero IVA-303 – Mes de Diciembre. Autoliquidación.- (SII – REDEME).

31 Enero IVA-303 – Cuarto trimestre. Autoliquidación.- Régimen General.

31 Enero IVA -308/309 – Solicitud devolución recargo de equivalencia y sujetos pasivos ocasionales. Y no periódica.

31 Enero IVA-349 – Cuarto Trimestre y Diciembre. Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias. (Entregas y adquisiciones).

31 Enero IVA-390 – Resumen Anual.

CENSALES-OTROS (Excepcionalmente en este ejercicio)

31Enero 036 RENTA – Renuncia o revocación estimación directa simplificada y estimación objetiva para 2022 y sucesivos.

31Enero 036 IVA – Renuncia o revocación regímenes simplificado y agricultura, ganadería, pesca para 2022 y sucesivos.

31Enero 036 – Opción por el régimen especial del criterio de caja para 2022.

31 Enero 036 – Renuncia al régimen especial del criterio de caja para 2022, 2023 y 2024.

31 Enero 036 – Opción o revocación por la determinación de la base imponible mediante el margen de beneficio global en el régimen especial de los bienes usados, objetos de arte, antigüedades y objetos de colección para 2022 y sucesivos.

DECLARACIONES INFORMATIVAS

31 Enero IRPF-180/188/190/193/194      Resumen Anual 2020. Retenciones e ingresos a cuenta de rendimientos del trabajo, actividades economicas, premios,derivadas de acciones, y participaciones por capital mobiliario, rentas de arrendamiento de inmuebles urbandos, personas autorizadas y saldos de cuenta.

31 Enero MOD. 165 – Informativa certificaciones individuales emitidas a socios y participes de entidades de nueva o reciente creación. (Declaración anual 2020).

31 Enero MOD. 182 – Informativa de donativos, donaciones y aportaciones recibidas y disposiciones realizadas. (Declaración anual 2020).

31 Enero MOD. 184 – Ejercicio 2020 Declaración Informativa de entidades en régimen de atribución de rentas.

31 Enero MOD. 233 – Informativa por gastos de guarderías o centros de educación infantil autorizados.

Como norma general para domiciliar el importe de cada uno de estos modelos deberán presentarse telemáticamente CINCO DIAS ANTES DEL ULTIMO DIA DE PLAZO HABITUAL DEL MODELO