Boletín marzo 22/03

COLABORACIÓN:

1ª CONVOCATORIA AYUDAS KIT DIGITAL – SEGMENTO I EMPRESAS DE 10 A 49 TRABAJADORES

Como seguramente habréis escuchado o leído estos últimos días, el día 26/02 se publicó la 1ª convocatoria de las tan esperadas ayudas Kit Digital. Ante el interés generado por varios de vosotros, os presentamos un resumen de los requisitos, plazos e importes. También será conveniente que tengais en mente el proveedor o proveedores con los que quereis contratar los servicios, para confirmar si está o estará inscrito como Agente Digitalizador.

¿Qué es Kit Digital?

 Kit Digital, es un programa público de subvenciones para la digitalización de las pymes españolas y personas en situación de autoempleo.

Esta primera convocatoria está dotada con un presupuesto de 500.000.000 €, y las ayudas se concederán por orden de presentación, ya que no se trata de concurrencia competitiva.

Las ayudas se considerarán subvenciones directas, si bien los beneficiarios recibirán un “bono digital” con el importe concedido para gastarlo en la contratación de una o varias soluciones de digitalización de las disponibles en un Catálogo de Soluciones de Digitalización del Programa recogido en la plataforma Acelera pyme. Formalizará para ello Acuerdos de Prestación de Soluciones de Digitalización con los Agentes Digitalizadores Adheridos.

Cuantías de las ayudas

El importe máximo que podrá recibir cada beneficiario será de hasta 12.000 €, ya que va destinada al Segmento I de las bases reguladoras, es decir, empresas entre 10 y 49 trabajadores.

Los importes, por tipo de solución de digitalización a implantar, son los siguientes:

Plazos – Presentación de solicitudes: desde el 15/03/2022 al 15/09/2022 o hasta agotar el presupuesto asignado.

Plazo máximo de resolución de concesión: 6 meses desde que finalice el plazo para presentar solicitudes.

Plazo máximo de ejecución:

– 1ª fase: 3 meses desde la firma y validación del Acuerdo de Prestación de Servicios. Durante esta fase el Agente Digitalizador emitirá la factura correspondiente a sus servicios.

– 2ª fase: 12 meses desde la fecha de la factura del Agente Digitalizador Adherido en la fase anterior.

Plazo de justificación: Será de 3 meses para cada una de las fases de prestación de la solución, una vez haya finalizado la ejecución de éstas. El Agente Digitalizador será el responsable de presentar la justificación de los trabajos realizados.

Para ampliar información, puedes consultarnos por vía telefónica o e-mail, y quedamos a vuestra disposicion para colaborar con vosotros en la confeccion y preparacion de la documentacion a presentar.

Fdo.: Lydia Mateos

Información de la AEAT

08-02-2022 Acuerdo entre España y Ucrania sobre cooperación y asistencia mutua en materia aduanera.

Se ha publicado en el BOE de hoy el Acuerdo entre el Reino de España y Ucrania sobre cooperación y asistencia mutua en materia aduanera, que entró en vigor el 25 de noviembre de 2021.

17-02-2022 Aviso de Notificaciones electrónicas

Revisa tu sistema de recepción de notificaciones electrónicas. La AEAT ofrece información relevante sobre el cambio de Dirección Electrónica Habilitada (DEH) a Dirección Electrónica Habilitada única (DEHú).

16-02-2022 La Agencia Tributaria, trabajadores autónomos y pymes crean dos foros para impulsar la relación cooperativa

La Agencia Tributaria, trabajadores autónomos y pymes crean dos foros para impulsar la relación cooperativa. Se crean dos grupos de trabajo dentro de cada foro, uno dedicado al análisis normativo y a proyectos de digitalización, y otro destinado a analizar y aprobar sendos códigos de buenas prácticas para ambos colectivos.

 Subvenciones y Ayudas (Entre otras cabe destacar…)

BOE 2022-6065: Extracto de la  Resolución de 24 de febrero de 2022, de la  Dirección General de la Entidad Pública Empresarial Red.es, M.P., por la que se convocan las  ayudas destinadas a  la  digitalización  de empresas del Segmento I  (entre  10  y  menos de  50  empleados) en  el  marco de  la Agenda España Digital  2025, el  Plan de Digitalización PYMEs 20212025 y  el  Plan  de  Recuperación,  Transformación  y  Resiliencia  de España  -Financiado  por  la  Unión  Europea-  Next  Generation  EU (Programa  Kit  Digital).

Otras Leyes, Normas Publicadas – Novedades

Real Decreto 152/2022, de 22 de febrero, por el que se fija el salario mínimo interprofesional para 2022.

Publicada la nueva cuantía del Salario Mínimo Interprofesional que queda fijada en un importe dinerario mínimo de 14.000 € anuales, con efectos desde el 01/01/2022 al 31/12/2022.

Respuestas a consultas publicadas y/o Sentencias Fiscales

03-02-2022 Juzgado de lo Contencioso-administrativo N°. 2 de Madrid, Sentencia 48/2022 de 3 Feb. 2022, Proc. 327/2021.

El Juzgado núm. 3 de Madrid estima procedimiento abreviado instado por el obligado tributario contra reclamación económico-administrativa formulada al Tribunal Económico-Administrativo Municipal de Madrid frente a la desestimación por silencio de la solicitud de rectificación de las autoliquidación practicada por el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana.  La liquidación del contribuyente había sido calculada por la Administración sin tener en cuenta la falta de ganancia o beneficio en la transmisión del inmueble.

 PRINCIPALES OBLIGACIONES PERIODICAS DE FEBRERO

RETENCIONES E INGRESOS A CUENTA

21 Marzo          IRPF-111/115/117/123/126/216/230        Febrero 2022. Grandes Empresas.

IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO

21 Marzo          IVA-349            Febrero 2022. Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias.

21 Marzo          IVA-380            Febrero 2022. Operaciones asimiladas a las importaciones.

30 Marzo          IVA-303            Febrero 2022. Autoliquidación.- (SII – Antes REDEME).

Como norma general para domiciliar el importe de cada uno de estos modelos deberán presentarse telemáticamente CINCO DIAS ANTES DEL ULTIMO DIA DE PLAZO HABITUAL DEL MODELO

DECLARACIONES INFORMATIVAS

31 Marzo          MOD. 720         Declaración Informativa sobre bienes y derechos en el extranjero.