Boletín septiembre 2020/09
NUEVAS HERRAMIENTAS VIRTUALES WEB DE LA AEAT
Con objeto facilitar la información y la asistencia en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, la Agencia Tributaria ha desarrollado dos nuevos servicios de ayuda disponibles en su página web, en el apartado: Herramientas de Recaudación. En este apartado será posible encontrar información detallada de las aplicaciones, así como instrucciones sobre su funcionamiento.
Se trata de dos servicios que permiten realizar sus consultas sin necesidad de tener que desplazarse ni contactar con las oficinas de la Agencia Tributaria:
- El primero, denominado “Calculadora de plazos de pago”, permite realizar consultas personalizadas dirigidas a conocer la fecha límite para el pago de deudas tributarias y no tributarias gestionadas por la AEAT.
De esta manera, teniendo conocimiento de la fecha exacta, podemos verificar, por un lado; la situación de la deuda conociendo si ya ha vencido o no el plazo de pago y, por otro: las posibles actuaciones que de la misma se puedan o deban derivar, si no hubiese vencido se conocería el tiempo pendiente para el mismo y si hubiese vencido se conocería la fecha de inicio de las actuaciones ejecutivas. - El segundo, denominado “Calculadora de intereses y aplazamientos” permite por su parte, conocer los intereses, legales y/o de demora, que puedan resultar aplicables a las deudas, tributarias y/o no tributarias.
Este servicio de ayuda se divide en tres grandes bloques: uno destinado a conocer los intereses aplicables a las deudas objeto de aplazamiento y/o fraccionamiento; otro para conocer los intereses aplicables a las deudas tributarias. - Y un tercero, destinado a conocer los intereses aplicables a las deudas no tributarias.
De esta forma los ciudadanos podrán calcular fácilmente las cuantías que son aplicables en concepto de intereses a las deudas durante el periodo o periodos que resulten exigibles, así como conocer el interés concreto que ha sido aplicado y su desglose por días.
Información de la AEAT
- 12-08-20 Entidades colaboradoras: supuestos de no anulación o rectificación de ingresos, y pago de deudas a través de transferencia bancaria
Se aprueba la Orden HAC/785/2020, de 21 de julio, que establece los supuestos en los que las entidades de crédito que prestan el servicio de colaboración en la gestión recaudatoria no podrán anular o rectificar ingresos previamente recaudados, y permite el pago mediante transferencia bancaria en el caso de deudas cuyo pago pueda realizarse a través de la Sede electrónica de la Agencia Tributaria. - 06-08-20 Nota informativa sobre las principales modificaciones introducidas por el Real Decreto-ley 27/2020, de 4 de agosto, de medidas financieras, de carácter extraordinario y urgente, aplicables a las entidades locales (BOE 5 de agosto de 2020)
Se tratan distintas medidas, fundamentalmente:
– Modificación de la Ley del Impuesto sobre el Valor Añadido acerca de la adquisición de material sanitario destinado a la venta a entidades públicas, sin ánimo de lucro y centros hospitalarios.
– Firma electrónica, pendiente de la Orden Ministerial correspondiente.
– Regulación del juego. - 28-08-20 Actualización de la calculadora de plazos de modificación BI y otras rectificaciones
Se ha actualizado la calculadora de plazos de modificación de bases imponibles y otras rectificaciones. En el cálculo realizado se ha tenido en cuenta la suspensión de los plazos de los procedimientos tributarios, desde el 14 de marzo, fecha de la entrada en vigor del Real Decreto 463/2020, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19, hasta el 30 de mayo de 2020 (1 de junio si el plazo vence el 30 de mayo), así como la suspensión de los plazos procesales desde el 14 de marzo hasta el 3 de junio de 2020 (disposición derogatoria única.1 del Real Decreto 537/2020, de 22 de mayo) en el caso de los concursos.
Actualidad
El plan “Me cuida” del Ministerio de Trabajo sigue vigente para que las familias puedan conciliar su vida familiar y laboral, cuando sea necesario que estén al cuidado de personas dependientes por causas directas relacionadas con el COVID-19. Siempre bajo el acuerdo empresa-trabajador, se podrá solicitar una adaptación del horario laboral y la reducción de la jornada.
Más información: https://www.heraldo.es/noticias/economia/2020/09/01/quien-puede-solicitar-la-reduccion-de-jornada-especial-para-conciliar-durante-la-covid-trabajo-coronavirus-conciliacion-1393202.html
Subvenciones y Ayudas
- Ayudas Económicas a la rehabilitación edificatoria de uso residencial en todo el término municipal.
Estas ayudas comprenden las siguientes líneas:
- LÍNEA 1.- OBRAS INTEGRALES EN EDIFICIOS. EFICIENCIA ENERGÉTICA.
- LÍNEA 2.- OBRAS PUNTUALES EN EDIFICIOS. ACCESIBILIDAD.
- LÍNEA 3.- AYUDAS COMPLEMENTARIAS PARA JÓVENES, MAYORES Y PERSONAS CON DISCAPACIDAD. OBRAS SUBVENCIONADAS EN LA LÍNEA 1 O LÍNEA 2.
- LÍNEA 4.- OBRAS EN VIVIENDAS. JÓVENES, MAYORES Y PERSONAS CON DISCAPACIDAD
Toda la información e impresos en: http://www.ayudasrehabilitacionzaragoza.es/
- Subvenciones Programa para la recuperación y el impulso del empleo en Aragón. Autónomos.
Tienen como objeto favorecer una segunda oportunidad de personas que hubiesen cesado como trabajadores autónomos y que decidan emprender nuevamente una actividad como trabajadores por cuenta propia.
Personas físicas que hubiesen cesado con carácter definitivo en su actividad como trabajadores autónomos o por cuenta propia en el marco de la crisis derivada del COVID-19 o con anterioridad al 14 de marzo de 2020 y que, cumpliendo los requisitos y condiciones establecidos en esta norma, se establezcan nuevamente como trabajadores autónomos o por cuenta propia.
- Subvenciones Programa para la recuperación y el impulso del empleo en Aragón. Contratación.
Trabajadores autónomos y las empresas, cualquiera que sea su forma jurídica, que tengan menos de 250 trabajadores, que desarrollen su actividad en la Comunidad Autónoma de Aragón y que, en su condición de empleadoras y contraten por cuenta ajena, mediante contratos laborales de al menos dos años de duración.
PRINCIPALES OBLIGACIONES PERIODICAS DE SEPTIEMBRE
INFORMATIVAS/ESTADÍSTICA
12 Septiembre Intrastat – Operaciones de compraventa de bienes entre países de la UE.
RETENCIONES E INGRESOS A CUENTA
21 Septiembre IRPF-111/115/117/123/126/230 Mes de agosto 2020 Grandes Empresas. .
IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO
21 Septiembre IVA-349 Julio y agosto 2020. Declaración de operaciones intracomunitarias.
21 Septiembre IVA-380 Mes de agosto. Operaciones asimiladas a las importaciones.
30 Septiembre IVA-303 Mes de agosto 2020. Autoliquidación.- (SII – REDEME).
REGISTRO MERCANTIL
30 Septiembre Plazo extraordinario por la situación de COVID-19 entre el 1 y el 30 de septiembre para la legalización de los libros contables del ejercicio 2019, cuentas formuladas hasta 31/08/2020.
Como norma general para domiciliar el importe de cada uno de estos modelos deberán presentarse telemáticamente CINCO DIAS ANTES DEL ULTIMO DIA DE PLAZO HABITUAL DEL MODELO