Boletín julio 2019/07

SOBRE PROXIMA CAMPAÑA DE DECLARACIONES

La Agencia Tributaria debe gestionar la información obtenida del modo más eficiente y ágil posible, por lo que la información presentada debe ser de la mayor calidad, con los menores errores de validación, y especialmente con la correcta identificación de los contribuyentes.

Por ello, la Orden HAC 1148/2018, de 18 de octubre introdujo una modificación en la forma de presentación de las declaraciones informativas de gran volumen de información, mediante la implementación del conocido como TGVI on line (Transmisión de grandes volúmenes de información con validación de la información on line).

No obstante, el nuevo sistema TGVI on line aplica de forma gradual, de la siguiente manera:

  • Declaraciones informativas del ejercicio 2018: el nuevo sistema se aplicó únicamente a los siguientes modelos: modelos 156, 181, 182, 187, 188, 190, 192, 193, 194, 196, 198, 291, 345, 346 y 347.
  • Declaraciones informativas 2019: el nuevo sistema TGVI on line se aplicará a los modelos 159, 170, 171, 180, 184, 189, 195, 199, 270, 280, 296, 349, 611, 616, 720, 990 y el 993.

Una vez implementada la primera fase del nuevo sistema a los modelos del ejercicio 2018, la próxima campaña de declaraciones informativas 2019 (a presentar a partir del 1 de enero de 2020) implicará una modificación sustancial en la parte técnica de remisión de la información para los modelos mencionados en segundo término.
De esta forma, y al igual que ocurrió en 2018 para los modelos afectados por la nueva forma de presentación, se sustituirá el sistema actual de TGVI (transmisión de grandes volúmenes de información) por el nuevo TGVI on line, que supone no sólo la transmisión de la información, sino también la validación de la misma de forma simultánea..
Así, los registros con errores (de validación o de identificación) no serán admitidos por los sistemas de información de la AEAT.
Muchos de estos errores se refieren a problemas e incidencias relacionadas con la identificación fiscal de los contribuyentes. Por este motivo, se recomienda que, para evitar problemas y errores en los registros a declarar en la campaña de informativas 2019, se acceda al servicio de ayuda en la identificación fiscal disponible en la página web de la AEAT para lograr una correcta identificación de los contribuyentes que vayan a ser incluidos en la correspondiente declaración informativa.

INFORMACION AEAT

  • 04-06-19 La Agencia Tributaria advierte de intentos de fraude: tipo ‘phishing’ a través de Internet coincidiendo con la campaña de Renta 2018
  • 19-06-19 Plazo de ingreso en periodo voluntario de los recibos del IAE:
    Se modifica el plazo de ingreso en periodo voluntario de los recibos del Impuesto sobre Actividades Económicas del ejercicio 2019 relativos a las cuotas nacionales y provinciales. El nuevo plazo comprende desde el 16 de septiembre hasta el 20 de noviembre de 2019, ambos inclusive.
  • 19-06-19 Solicitudes de devolución por motivo de maternidad/paternidad cuando existe una previa resolución desestimatoria y firme:
    Según criterio de los servicios jurídicos del Ministerio de Hacienda, el carácter retroactivo de la modificación efectuada por el Real Decreto-ley 27/2018, de 28 de diciembre, en la letra h) del artículo 7 de la Ley 35/2006, permite realizar las devoluciones que procedan por el motivo de maternidad/paternidad incluso en los casos en que se hubiera presentado previamente otra solicitud que hubiera sido desestimada y esta situación hubiera adquirido firmeza.
    La firmeza puede haberse producido bien por no haber interpuesto ningún tipo de recurso o reclamación contra la resolución, bien porque se hubieran desestimado todos los recursos o reclamaciones interpuestos.
    Caso de que estéis en alguno de estos supuestos, será conveniente os pongáis en contacto con este despacho (preguntar por Lydia Mateos)
  • 21-06-19 Reducción garantía IVA O.E.A. actuando en representación directa y otras recomendaciones:

A partir del día 02/07/2019, los Operadores Económicos Autorizados que aporten su garantía en declaraciones en las que actúen en la modalidad de representación directa y, por ese motivo, no tengan acceso a las reducciones previstas en la normativa aduanera para los derechos de aduanas, podrán disfrutar de la reducción del 50% del importe del IVA a garantizar en cada declaración aduanera declarando en la casilla 44 el código 9015 «Solicitud reducción garantía IVA (OEA representación directa)»
Asimismo, en esa fecha se exigirá que los documentos 9015, Y024, Y025 de la Cas. 44, cuando se utilicen, se declaren en la primera partida. Si, además, se declarara en otra partida del dúa, el número o descripción del documento ha de ser igual al de la primera partida.

  • 28-06-19Interrupción del servicio el día 6 de julio:
    El sábado día 6 de Julio, entre las 18:00 h y las 23:00 h, está prevista la última fase de migración de versión de Base de Datos DB2.
    Durante ese intervalo de tiempo estará parado el servicio informático de la Agencia.

SUBVENCIONES, AYUDAS Y OTRAS LEYES

Practica mercantil/contable: Cuidado con la nueva obligación de información del prestador de servicios a sociedades, en el Registro mercantil:
Esta nueva exigencia, queda regulada por la “Disposición adicional única. Ley 10/2010 de prevención del blanqueo de capitales y financiación del terrorismo. Sobre la obligación de su inscripción extendiéndose a todas los profesionales personas físicas o jurídicas que prestan profesionalmente servicios a sociedades o fideicomisos. Es decir afecta a los profesionales, abogados, economistas, etc. que presten servicios a sociedades. Se refiere por tanto a todos los servicios comprendidos en el Art. 2.1.o de la mencionada Ley 10/2010.
Evidentemente, si se trata de una persona física o profesional que no está dado de alta en el Registro Mercantil por no efectuar operaciones mercantiles, primero deberá darse de alta en dicho Registro.
Caso de estar interesados, solicitar el texto integro.

PRINCIPALES OBLIGACIONES FISCALES JULIO 2019

RETENCIONES E INGRESOS A CUENTA

  • 20 Julio IRPF-111/115/117/123/126/230 Mes de Junio 2019. Grandes Empresas.
  • 20 Julio IRPF-111/115/123/136 Segundo Trimestre 2019. Regimen General

PAGOS FRACCIONADOS A CUENTA RENTA

  • 20 Julio IRPF- 130/131 Segundo trimestre 2019. Estimación directa y estimación objetiva.

IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO

  • 20 Julio IVA-303 Segundo trimestre 2019. Autoliquidación.- Régimen General.
  • 20 Julio IVA-349 Segundo Trimestre 2019 y mes de Junio 2019. Declaración recapitulativa operaciones

CEE. (ENTREGAS / ADQUISIONES)

  • 30 Julio IVA-303 Mes de Junio 2019. Autoliquidación.- (SII – Antes REDEME).

IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES E IMPUESTO RENTA DE NO RESIDENTES.

  • 25 Julio SOCD 200/220 Declaración Anual 2018. Entidades cuyo periodo coincida con el año natural. Resto de entidades: en los 25 días naturales siguientes a los seis meses posteriores al fin del periodo impositivo.

Como norma general para domiciliar el importe de cada uno de estos modelos deberán presentarse telemáticamente CINCO DIAS ANTES DEL ULTIMO DIA DE PLAZO HABITUAL DEL MODELO

DEPOSITO CUENTAS ANUALES EN EL REGISTRO MERCANTIL

  • 31 Julio Para aquellas sociedades que hayan aprobado las cuentas anuales en Junio de 2018 Mods. NORMAL PYME Y ABREVIADO.

Referidos al ejercicio 2018 Junto con las cuentas anuales (Balance, Cta. de Pérdidas y Ganancias, Memoria explicativa del ejercicio, Información mediombiental, Informe de Autocartera y Aspectos derivados de la transición al nuevo Plan General Contable), deberá acompañarse certificación del acta de aprobación y la instancia de solicitud.

CORA SL